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Servicio de monitoreo ocupacional en Perú

Medimos los cinco agentes de riesgo de tu centro de trabajo —físicos, químicos, biológicos, disergonómicos y psicosociales— con equipos calibrados y trazabilidad INACAL. Informe técnico válido para SUNAFIL en 5 a 7 días hábiles, con plazos comprimibles para auditorías urgentes.

  • Homologados Bureau Veritas nivel A
  • Equipos con trazabilidad INACAL
  • Propuesta en menos de 24 horas
  • Informe válido ante SUNAFIL
Cotiza tu monitoreo ocupacional

Cuéntanos dónde operas y qué necesitas medir. Te enviamos la propuesta técnica con alcance y cronograma en menos de 24 horas.

Respondemos en horario laboral (L-V 8:00–18:00). Tus datos se usan solo para elaborar la cotización, conforme a la Ley N.º 29733. Consulta nuestra Política de Privacidad.

El monitoreo ocupacional es la medición sistemática de los agentes de riesgo presentes en el ambiente laboral para determinar si la exposición de los trabajadores se mantiene dentro de los Límites Máximos Permisibles de la normativa peruana. El artículo 33 del D.S. 005-2012-TR lo incluye entre los registros obligatorios del Sistema de Gestión de SST, y es uno de los primeros documentos que se solicitan en una fiscalización, en una homologación o en la calificación de un proveedor. Bien ejecutado, deja de ser un trámite: se convierte en el punto de partida para priorizar controles con criterio técnico.

En HSE Rent ejecutamos las cinco familias de monitoreo con instrumentación calibrada, higienistas ocupacionales en campo y análisis en laboratorios acreditados bajo ISO/IEC 17025. Cada campaña concluye en un informe que compara resultado por resultado contra la normativa vigente y prioriza las acciones de control. Si quieres profundizar en el marco legal y las frecuencias, revisa nuestra guía completa de monitoreo ocupacional en Perú.

Familias de monitoreo

Los 5 agentes que exige la normativa peruana

Cada agente sigue su propia norma técnica y requiere equipos y metodología específicos. Ofrecemos servicio individual o paquete integral según el tamaño y rubro de tu empresa.

Cumplimiento normativo garantizado
Equipos calibrados y certificados
Métodos y laboratorios acreditados
Informes claros y listos para fiscalización
Resumen técnico

Qué se mide en cada agente, con qué norma y con qué equipo

AgenteQué se mideNorma de referenciaEquipos / método
FísicosRuido (85 dB(A)/8 h), iluminación, vibración mano-brazo y cuerpo entero, estrés térmico WBGTRM 375-2008-TR · D.S. 024-2016-EM · ISO 9612Dosímetros y sonómetros Clase 1/2, luxómetros, acelerómetros, WBGT
QuímicosPolvo respirable e inhalable, sílice cristalina (0.05 mg/m³), gases, vapores, humos metálicosD.S. 015-2005-SA (VLP) · métodos NIOSH/OSHABombas de muestreo personal + análisis en laboratorio ISO/IEC 17025
BiológicosHongos, bacterias y aerobacterias en aire y superficiesLey 29783 · D.S. 005-2012-TRMuestreo por impactación en medios selectivos
DisergonómicosPosturas forzadas, movimientos repetitivos, manipulación manual de cargasRM 375-2008-TRMétodos REBA, RULA, OWAS, ecuación NIOSH
PsicosocialesEstrés, carga mental, hostigamiento, violencia laboralLey 29783 · lineamientos CENSOPAS/INSCuestionarios validados ISTAS 21 / CoPsoQ

¿Aún no tienes definido qué agentes debe evaluar tu operación?Revisamos tu IPERC y te indicamos el alcance recomendado, sin costo y sin compromiso.

Cómo trabajamos

De la cotización al informe firmado

1. Cotización

Nos cuentas tu rubro, número de estaciones y agentes a evaluar. Enviamos propuesta con alcance y cronograma en menos de 24 horas.

2. Visita técnica

Coordinamos fecha y horario. Nuestro higienista realiza las mediciones en campo con equipos calibrados, en condiciones reales de operación.

3. Análisis

Procesamos los datos y, en agentes químicos y biológicos, enviamos las muestras al laboratorio acreditado INACAL para su análisis.

4. Informe firmado

Entregamos el informe técnico con comparación contra los LMP, conclusiones por punto y plan de acción priorizado, listo para SUNAFIL.

Sectores

Monitoreo ocupacional adaptado a tu industria

Cada sector tiene riesgos y normativa propios. Conocemos los específicos de las industrias más exigentes del Perú.

Qué recibes

Un paquete documental listo para fiscalización

Cada monitoreo ocupacional concluye en documentación válida ante SUNAFIL y auditores externos.

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Por qué HSE Rent

Respaldo técnico verificable

Homologación Bureau Veritas

Empresa homologada nivel A (98.68 %), cert. PER-440-24-032-10949, para monitoreo de agentes ocupacionales y asesoría en SST.

Equipos calibrados INACAL

Instrumentación con certificados de calibración vigentes y trazabilidad metrológica; los adjuntamos a cada informe.

Gestión certificada ISO

Procesos certificados bajo ISO 9001:2015 (calidad) e ISO 37001:2025 (antisoborno), verificables por su número de registro.

Inversión

¿De qué depende el precio de un monitoreo ocupacional?

El costo de un monitoreo ocupacional en Perú no es una tarifa fija: se cotiza según el alcance real de tu operación. Los cuatro factores que lo determinan son:

Antes de cotizar revisamos tu IPERC y el detalle de tus puestos para proponer un alcance ajustado a lo que tu operación realmente necesita: ni estaciones de más, ni agentes sin sustento técnico. Envíanos tu matriz o cuéntanos cómo trabajas y recibirás la propuesta en menos de 24 horas, sin compromiso.

Cobertura

Monitoreo ocupacional en Lima y en todo el Perú

Monitoreo ocupacional en Lima

Nuestra base de operaciones está en Lima (Lince), y atendemos Lima Metropolitana y Callao sin costo de traslado. Trabajamos habitualmente en los corredores industriales de Ate-Vitarte, Santa Anita, Lurigancho-Chosica, San Juan de Lurigancho, Villa El Salvador, Lurín, Chilca, el Callao y el Cercado, donde se concentran las plantas de manufactura, metalmecánica, alimentos y almacenes logísticos. Al estar en la ciudad podemos coordinar la visita técnica en pocos días y medir en el turno real de operación —incluidos turnos noche y fines de semana— sin que la empresa detenga su producción.

Monitoreo ocupacional en el resto del Perú

Atendemos operaciones en cualquiera de las 24 regiones del país. Con mayor frecuencia desplegamos brigadas a Arequipa, La Libertad, Piura, Lambayeque, Junín, Áncash, Cajamarca, Cusco, Ica, Moquegua y Tacna, y cubrimos del mismo modo el resto de regiones de costa, sierra y selva, incluidos campamentos mineros en altura y plantas industriales fuera de ruta. Si tu sede está en una región que no figura en esa lista, la atendemos igual: lo único que cambia es la coordinación logística.

En provincia esa coordinación es justamente la clave. Agrupamos las estaciones de medición para cubrir toda la campaña en una sola movilización, lo que optimiza el despliegue y acorta el plazo de entrega. Si tu empresa tiene varias sedes en distintas regiones, ejecutamos la campaña bajo un solo cronograma y consolidamos los resultados en un informe corporativo comparable entre plantas.

En ambos casos el alcance técnico es el mismo: los mismos equipos calibrados con trazabilidad INACAL, los mismos métodos normalizados y un informe con la misma validez ante SUNAFIL. Lo único que cambia entre Lima y provincia es la coordinación logística, que se define en la cotización.

Preguntas frecuentes sobre monitoreo ocupacional

¿Qué es el monitoreo ocupacional?expand_more
El monitoreo ocupacional es la medición sistemática de los agentes de riesgo presentes en el ambiente de trabajo — físicos, químicos, biológicos, disergonómicos y psicosociales — para comparar la exposición de los trabajadores contra los límites permisibles de la normativa peruana. Se ejecuta con equipos calibrados y métodos normalizados (NIOSH, OSHA, ISO), y concluye en un informe técnico válido para SUNAFIL.
¿Qué norma exige el monitoreo ocupacional en Perú?expand_more
La Ley 29783 (artículo 36) obliga al empleador a hacer seguimiento continuo de las condiciones del ambiente laboral, y su reglamento, el D.S. 005-2012-TR (artículo 33), incluye el registro de monitoreo de agentes ocupacionales entre los registros obligatorios del Sistema de Gestión de SST, con conservación mínima de 5 años.
¿Cada cuánto se debe hacer el monitoreo ocupacional?expand_more
Como mínimo una vez al año. Debe repetirse fuera de calendario cuando cambien los procesos o equipos, se introduzcan nuevas sustancias químicas, ocurra un accidente o enfermedad ocupacional, los resultados anteriores estén al 80 % o más del límite permisible, o lo requiera SUNAFIL o el Comité de SST. En minería y construcción la frecuencia suele ser semestral o trimestral.
¿Qué ocurre si una empresa no realiza sus monitoreos ocupacionales?expand_more
No contar con el registro de monitoreo de agentes ocupacionales está tipificado por SUNAFIL como una infracción grave, cuya escala se calcula en UIT según el régimen de la empresa y el número de trabajadores afectados. Más allá del aspecto sancionador, la ausencia del registro suele frenar homologaciones, licitaciones y procesos de calificación de proveedores, y deja a la empresa sin la información técnica necesaria para priorizar sus controles. Nuestro enfoque es ayudarte a mantener el registro vigente y bien sustentado, no a resolverlo a última hora.
¿El informe de monitoreo ocupacional es válido para una fiscalización SUNAFIL?expand_more
Sí. Cada informe se elabora con equipos con certificado de calibración vigente y trazabilidad INACAL, metodología normalizada y comparación contra los límites máximos permisibles. Nuestros informes están diseñados para presentarse directamente ante SUNAFIL, auditores externos y procesos de homologación sin observaciones.
¿En cuánto tiempo entregan el informe?expand_more
El trabajo de campo toma de 1 a 3 días según el número de estaciones, y el informe técnico firmado se entrega típicamente en 5 a 7 días hábiles desde la última medición. Para auditorías urgentes coordinamos plazos comprimidos.
¿Cuáles son los 5 agentes ocupacionales?expand_more
Los cinco agentes ocupacionales son: físicos (ruido, iluminación, vibración, estrés térmico, radiaciones), químicos (polvo, gases, vapores, humos metálicos, sílice), biológicos (hongos, bacterias, virus), disergonómicos (posturas forzadas, movimientos repetitivos, manipulación de cargas) y psicosociales (estrés laboral, carga mental, hostigamiento). La normativa peruana exige evaluar los cinco según el perfil de riesgo de cada puesto.
¿Cuáles son los tres tipos de monitoreo ocupacional?expand_more
Según su momento y propósito: (1) monitoreo de línea base, la primera evaluación integral que caracteriza la exposición de todos los puestos; (2) monitoreo periódico, la repetición programada —al menos anual— para verificar que las condiciones se mantienen bajo los límites; y (3) monitoreo por contingencia o específico, que se ejecuta ante cambios de proceso, nuevas sustancias, accidentes o requerimientos de SUNAFIL.
¿Hacen monitoreo ocupacional en Lima?expand_more
Sí. Nuestra base de operaciones está en Lima (Lince) y atendemos Lima Metropolitana y Callao sin costo de traslado, con presencia habitual en los corredores industriales de Ate-Vitarte, Santa Anita, San Juan de Lurigancho, Villa El Salvador, Lurín, Chilca y el Callao. Al estar en la ciudad coordinamos la visita técnica en pocos días y medimos en el turno real de operación, incluidos turnos noche y fines de semana.
¿Hacen monitoreo ocupacional fuera de Lima, en provincias?expand_more
Sí, atendemos operaciones en cualquiera de las 24 regiones del país. Desplegamos brigadas con mayor frecuencia a Arequipa, La Libertad, Piura, Lambayeque, Junín, Áncash, Cajamarca, Cusco, Ica, Moquegua y Tacna, y cubrimos del mismo modo el resto de regiones de costa, sierra y selva, incluidos campamentos mineros en altura. En provincia agrupamos las estaciones para cubrir toda la campaña en una sola movilización, lo que optimiza el despliegue. El alcance técnico y la validez del informe ante SUNAFIL son idénticos a los de Lima.
¿Qué diferencia hay entre monitoreo ocupacional y vigilancia de la salud?expand_more
El monitoreo ocupacional mide el AMBIENTE de trabajo (cuánto ruido, polvo o calor hay en cada puesto), mientras que la vigilancia de la salud —los exámenes médicos ocupacionales— mide los EFECTOS en el trabajador (audiometrías, espirometrías, radiografías). La Ley 29783 exige ambos: son las dos caras del mismo sistema de prevención y los resultados del monitoreo definen qué exámenes corresponden a cada trabajador.

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